Reconocimiento-NoComercial 4.0 Internacional Esta licencia permite a otras distribuir, combinar, retocar, y crear a partir de su obra de forma no comercial y, a pesar que son nuevas obras deben siempre rendir crédito y ser no comerciales, no están obligadas a licenciar sus obras derivadas bajo los mismos términos. http://creativecommons.org/licenses/by-nc/4.0 http://creativecommons.org/licenses/by-nc/4.0/ http://creativecommons.org/licenses/by-nc/4.0 http://creativecommons.org/licenses/by-nc/4.0/ UNIVERSIDAD NACIONAL “SAN LUIS GONZAGA” VICERRECTORADO DE INVESTIGACIÓN Facultad de Derecho y Ciencia Política Programa Académico Profesional de Derecho TITULO EL CONTROL DE LEGALIDAD EN EL DELITO DE LESIONES CULPOSAS POR INOBSERVANCIA DE LAS REGLAS DE TRÁNSITO. ICA - 2023 PARA OPTAR EL TÍTULO PROFESIONAL DE ABOGADA Línea de investigación: Sociedad, desarrollo sostenible y políticas públicas y ambientales. TESIS Autor Bach. ECOS QUISPE, NADIA ROSA Ica, Perú 2025 i DEDICATORIA A mis abuelos, a mi madre, a mi novio y a mis hermanas, por ser mi mayor fuente de inspiración y fortaleza. ii AGRADECIMIENTOS Agradecer a mis docentes, compañeros y autoridades de la UNICA por permitirme cumplir mi objetivo de ser una profesional en derecho, en especial a mi asesor por sus correcciones y apoyo en todo momento. iii ÍNDICE DE CONTENIDOS DEDICATORIA ............................................................................................................................i AGRADECIMIENTOS ............................................................................................................... ii ÍNDICE DE CONTENIDOS ...................................................................................................... iii ÍNDICE DE TABLAS .................................................................................................................iv ÍNDICE DE FIGURAS ................................................................................................................ v RESUMEN..................................................................................................................................vi ABSTRACT .............................................................................................................................. vii I. INTRODUCCIÓN ............................................................................................................... 1 II. ESTRATEGIA METODOLÓGICA ................................................................................... 11 III. RESULTADOS .............................................................................................................. 16 IV. DISCUSIÓN .................................................................................................................. 37 V. CONCLUSIONES ............................................................................................................. 39 VI. RECOMENDACIONES ................................................................................................ 41 VII. REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS ........................................................................... 43 VIII. ANEXOS ....................................................................................................................... 46 iv ÍNDICE DE TABLAS Tabla 01: Control de legalidad .................................................................................................... 16 Tabla 02: Dimensión marco normativo ...................................................................................... 17 Tabla 03: Dimensión actuación judicial ...................................................................................... 18 Tabla 04: Dimensión valoración probatoria ................................................................................ 19 Tabla 05: Variable delitos de lesiones culposas .......................................................................... 20 Tabla 06: Dimensión marco legal ............................................................................................... 21 Tabla 07: Dimensión sanciones aplicadas ................................................................................... 22 Tabla 08: Dimensión factores que influyen en la determinación del delito ................................. 23 Tabla 09: Tabla cruzada control de legalidad x delito de lesiones culposas ................................ 24 Tabla 10: Tabla cruzada control de legalidad x marco legal ....................................................... 25 Tabla 11: Tabla cruzada control de legalidad x sanciones aplicadas ........................................... 27 Tabla 12: Control de legalidad x factores que influyen en la determinación del delito ............... 28 Tabla 13: Prueba de normalidad ................................................................................................. 30 Tabla 14: Correlación entre control de legalidad y delitos de lesiones culposas por inobservancia de las reglas de tránsito .............................................................................................................. 31 Tabla 15: Correlación entre control de legalidad y marco legal .................................................. 33 Tabla 16: Correlación entre control de legalidad y sanciones aplicadas ..................................... 34 Tabla 17: Correlación entre control de legalidad y factores que influyen en la determinación del delito ....................................................................................................................................... 36 Tabla 18: Alfa de Cronbach .......................................................................................................... 7 Tabla 19: Medidas de dispersión ................................................................................................ 16 Tabla 20: Comunlidades ............................................................................................................. 17 Tabla 21: Prueba de KMO y Bartlett .......................................................................................... 17 v ÍNDICE DE FIGURAS Figura 01: Análisis de la variable control de legalidad ............................................................... 16 Figura 02: Análisis de la dimensión marco normativo ................................................................ 17 Figura 03: Análisis de la dimensión actuación judicial ............................................................... 18 Figura 04: Análisis de la dimensión valoración probatoria ......................................................... 19 Figura 05: Análisis de la variable delitos de lesiones culposas ................................................... 20 Figura 06: Análisis de la dimensión marco legal ........................................................................ 21 Figura 07: Análisis de la dimensión sanciones aplicadas ............................................................ 22 Figura 08: Análisis de la dimensión factores que influyen en la determinación del delito .......... 23 Figura 09: Análisis de control de legalidad x delito de lesiones culposas ................................... 24 Figura 10: Análisis de control de legalidad x marco legal .......................................................... 26 Figura 11: Análisis de control de legalidad x sanciones aplicadas .............................................. 27 Figura 12: Análisis de control de legalidad x factores que influyen en la determinación del delito ................................................................................................................................................... 29 vi RESUMEN El estudio analizó la relación entre el control de legalidad y el delito de lesiones culposas por inobservancia de normas de tránsito en Ica. Se empleó un enfoque cuantitativo, de tipo básico y correlacional, utilizando como instrumentos un cuestionario y la observación documental. La muestra estuvo conformada por 30 profesionales legales, seleccionados mediante un muestreo no probabilístico por conveniencia, garantizando que cumplieran con los criterios establecidos. Los resultados indicaron que el 60% de los casos de delitos de lesiones culposas se encuentran en un nivel medio de control de legalidad, mientras que el 30% presenta un nivel bajo y solo el 10% alcanza un nivel alto. Además, el análisis de correlación de Spearman mostró un coeficiente de 0.769 con una significancia de 0.000, lo que evidencia una relación positiva y significativa entre ambas variables. En conclusión, se identificó que un mayor control de legalidad contribuye a reducir la incidencia de delitos de lesiones culposas. No obstante, la existencia de un 30% de casos con un control bajo sugiere la necesidad de fortalecer la aplicación de normativas y sanciones en Ica, con el fin de mejorar la seguridad vial y garantizar un adecuado marco de justicia en estos procesos. Palabras clave: Control de legalidad, lesiones culposas, normas de tránsito, sanciones penales. vii ABSTRACT The study analyzed the relationship between legality control and the crime of negligent injury due to non-compliance with traffic regulations in Ica. A quantitative, basic, correlational approach was used, using a questionnaire and documentary observation as instruments. The sample consisted of 30 legal professionals, selected through non-probability convenience sampling, ensuring that they met established criteria. The results indicated that 60% of negligent injury cases had a medium level of legality control, while 30% had a low level, and only 10% reached a high level. Furthermore, Spearman's correlation analysis showed a coefficient of 0.769 with a significance level of 0.000, demonstrating a positive and significant relationship between the two variables. In conclusion, it was identified that greater legality control contributes to reducing the incidence of negligent injury crimes. However, the fact that 30% of cases are poorly controlled suggests the need to strengthen the enforcement of regulations and sanctions in Ica, in order to improve road safety and ensure an adequate framework of justice in these cases. Keywords: Legality control, negligent injuries, traffic regulations, criminal sanctions. 1 I. INTRODUCCIÓN En América Latina, se ha hablado mucho sobre cómo funciona el sistema de justicia penal frente a los delitos de tránsito. El aumento de accidentes con personas heridas ha mostrado que hace falta un mejor control de legalidad en los juicios, para que las decisiones sean justas y coherentes con la ley (Ávila, 2020). En Perú, este problema se complica porque muchos conductores no respetan las normas y no hay criterios claros para determinar la responsabilidad penal. Las lesiones culposas por accidentes de tránsito dependen de varios factores, desde la negligencia del conductor hasta la falta de supervisión de las autoridades (Ramos Huayra, 2022). El artículo 124° del Código Penal peruano dice que quien, por imprudencia o incumplimiento de las normas de tránsito, cause lesiones a otra persona, será sancionado. Sin embargo, su aplicación ha generado debates sobre si las penas son proporcionales y si se valoran bien las pruebas (Casación N.º 2817-2021, Madre de Dios, 2023). La falta de uniformidad, por otra parte, ha producido decisiones judiciales contradictorias lo que afecta la seguridad jurídica del ciudadano. La revisión legal no solo persigue medidas punitivas sino también blindar los derechos de las víctimas. Un sistema judicial eficiente es aquel que garantice el debido proceso y una toma de decisiones correctamente normada en donde los ciudadanos puedan acceder a la justicia sin barreras, falta de formación entre jueces y fiscales. Ávila (2020). Es por eso que la capacitación continua es imprescindible. En algunos juicios se ha demostrado mal criterio a la hora de valorar las pruebas, permitiendo que conductores culpables queden sin castigo en el peor caso. En cambio, existen casos en los que las sanciones impuestas son exageradas contra personas no merecedoras (Casación N.º 345-2015 Cajamarca 2023). Ello denota la necesidad de potenciar el control de legalidad para que las decisiones estén en concordancia con los criterios mínimos del garantismo penal y no se resuelvan a costa o por fuera del proceso. También es importante revisar cómo los tribunales han cambiado sus criterios. Algunos mencionan que la prueba pericial es fundamental para determinar cómo ocurrió el accidente y quién tuvo la culpa. Interpretar bien estos informes ayuda a evitar errores y a que la justicia sea más segura (Ramos Huayra, 2022). A nivel de leyes, hay que evaluar si las normas actuales son suficientes y si se necesitan reformas para sancionar mejor y prevenir los accidentes. Algunos países castigan más fuerte a quienes no respetan las normas, mientras que otros ponen énfasis en educación y prevención (Ramos Huayra, 2022). La seguridad vial sigue siendo un problema en Perú. Según el INEI (2023), los accidentes con personas heridas subieron un 15% el último año. Esto demuestra que hace falta no solo leyes más 2 claras, sino también mejores políticas de prevención, como controles de alcoholemia, fiscalización electrónica y mejoras en las vías, junto con un buen control de legalidad en los juicios (Ministerio de Transportes y Comunicaciones, 2023). Al revisar la jurisprudencia reciente, se ven problemas claros en cómo se aplica la ley. Por ejemplo, la Casación N.º 2817-2021 señala que, si no se evalúan bien las pruebas periciales, se puede violar el debido proceso, y la Casación N.º 345-2015 dice que las sanciones deben ajustarse a la culpa real del imputado. Este estudio analiza cómo se cumple la ley en los juicios por lesiones culposas en accidentes de tránsito en Ica, revisando si se aplican las normas correctamente y si se protegen los derechos de todos. Con esto, se identifican los principales problemas y se proponen soluciones para mejorar el debido proceso y la seguridad jurídica en estos casos. Frente a ello, se propuso el siguiente problema general: ¿De qué forma el control de legalidad influye en la determinación de responsabilidad en los delitos de lesiones culposas por inobservancia de las reglas de tránsito en Ica, 2023? A partir de este problema central, se identificaron los siguientes problemas específicos: PE1: ¿Cómo incide el control de legalidad en el marco legal aplicado a los procesos penales por lesiones culposas en Ica, 2023? PE2: ¿De qué forma el control de legalidad repercute en la proporcionalidad y fundamentación de las sanciones aplicadas en los casos de lesiones culposas en Ica, 2023? PE3: ¿Cómo influye el control de legalidad en la determinación de los factores que configuran el delito de lesiones culposas en Ica, 2023? En el Estado peruano, se han generado varios problemas sobre cómo se aplica este control en instancias judiciales al desconocer parámetros claros para la interpretación de la norma, a una insuficiente valoración probatoria y en casos puntuales lesiva vulnerabilidad hacia los derechos de las partes (Ávila J., 2020). Algo así ha ocurrido en el Distrito Judicial de Ica, donde problemas pequeños han propiciado un escenario de incertidumbre respecto a la tramitación y desarrollo de procesos penales por accidentes simples. Estimando en función a las cifras reportadas por el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI, 2023) se ha incrementado la cantidad de accidentes con personas heridas en los últimos años. Por ello, este trabajo se enfocará en el control del plazo razonable dentro de las normas vigentes y su aplicación por los juzgados penales unipersonales Ica (control concreto), para luego ver cómo influye la jurisdicción penal especializada sobre la cuestión resolviendo casos similares. En cuanto a la justificación, se utilizaron diferentes enfoques teóricos para entender cómo opera el control de legalidad en los delitos de lesiones culposas cometidas de manera no intencional al infringir las normas de tránsito. Para esto se utiliza la teoría imputación objetiva que es una doctrina de responsabilidad penal, basada en la relación entre el actuar del sujeto y el resultado 3 observado (Torrejón & Vásquez, 2022). Las ciencias como la filosofía esta idea ha sido muy discutida en el derecho peruano, donde existen formas abiertas de estudio, al respecto y ello obliga a los operadores judiciales, para dilucidar entre sí aplican finalmente uno u otro precepto. El control de pasividad en los principios marco del derecho y también llama por otras como el debido proceso, la adecuación penal y la seguridad jurídica. Según la doctrina penal, una aplicación desacertada de estos principios puede dar lugar a decisiones arbitrarias que repercuten en la legitimidad del sistema de justicia (Ramos Huayra, 2022). Con base en ello, este trabajo realiza un pormenorizado análisis de cómo concurren los postulados referidos a la culpa al momento de establecer la culpabilidad penal por lesiones culposas y toma también lo desarrollado por la dogmática jurídico-penal actualizada, así como el propio discurrir jurisprudencial respecto del fenómeno accidentológico. Actualmente en la imputación de responsabilidad no solamente es condicional al evento lesivo, sino que se analiza el riesgo permitido, la previsibilidad del resultado y a su vez cumplimiento con las normas reglamentarias (Ávila, 2020). Discrepancias en cómo se interpretan esos factores han provocado que a algunos conductores les caiga toda la severidad de las sanciones, mientras otros son absueltos sin un fundamento definido. Desde el punto de vista metodológico, este estudio utilizó análisis de sus sentencias judiciales y cuestionarios validados por expertos, así asegurando la validez y confiabilidad. Para ello, se aplicó un diseño no experimental tipo descriptivo correlacional y los coeficientes de correlación necesarios para probar las hipótesis planteadas. Por el lado práctico, la aplicación acertada del control de legalidad en las lesiones culposas es fundamental, pero a veces tambalea con criterios poco claros o uniformes. No respetar las normas de tránsito no solo causa daños físicos y materiales, sino que también cuestiona la capacidad del sistema judicial para impartir justicia de manera efectiva. Evaluar estos aspectos permite mejorar tanto el marco legal como su aplicación en los tribunales. Desde el punto de vista social, este estudio es importante porque los accidentes de tránsito afectan directamente a las víctimas, sus familias y a la sociedad en general. En Perú, las lesiones culposas son un problema de salud pública y de seguridad vial, y generan altos costos para el sistema de salud y para la economía del país (Ministerio de Transportes y Comunicaciones, 2023). Legalmente, el estudio tiene su base en la Constitución del Perú que asegura principios de legalidad y proceso debido (Art. 139), en el Código Penal (art. 124) que tipifica las lesiones culposas por infracción a la ley de tránsito y en el artículo 186 del CPP, corresponde un control de legalidad durante todas sus etapas. Se consideran igualmente tratados internacionales, tales como la Convención Americana de Derechos Humanos que fortalecen el compromiso del Estado en garantizar un proceso justo y tutela judicial efectiva. A través de este estudio, se recibe nuevas ideas para robustecer el control de legalidad en estos casos y garantizar una efectiva protección a las víctimas, pero también un debido proceso penal 4 que dio al traste con libertades fundamentales. Igualmente pretende crear cultura acerca de la necesidad del respeto a las normas viales y sobre cómo esto impacta en nuestra sociedad. En definitiva, la legalidad es el principio más importante en lo que respecta a justicia penal especialmente si se consideran los casos de lesiones imprudentes por infracción al reglamento. Debe aplicarse adecuadamente para que se garanticen los principios de justicia, proporcionalidad y debido proceso. La realidad, sin embargo, es que los problemas continúan existiendo en la práctica debido a la ausencia de criterios claros para valorar las pruebas e interpretar la ley, lo que genera incertidumbre y decisiones inconsistentes. Con ese marco, la importancia recae en estudiar cómo el control de legalidad incide sobre los juicios penales por lesiones culposas generadas a partir del no cumplimiento de las reglas viales. Los resultados se esperan que contribuyan a producir aportes prácticos en la interpretación y aplicación de la ley, así como recomendaciones que busquen mejorar la administración de justicia respecto de estos casos. El desempeño del control de legalidad no solo es una observación realizada a juicio, sobre la adecuada valoración probatoria así como responsabilidad del imputado; sino que también se verá reflejado en un impacto ante los ojos de toda la ciudadanía en cuanto al grado de justicia y eficacia por parte del órgano jurisdiccional. La discrecionalidad de los fallos y criterios aparentemente contradictorios hacen nacer la sospecha sobre las motivaciones legales empleadas en algunos procesos. Es por ello que este trabajo pretende visibilizar dichas problemáticas a fin de sugerir alternativas para abogar por la seguridad jurídica y garantías judiciales en la administración de justicia vinculada con los delitos de tránsito. En consonancia con las limitaciones, se debe mencionar que la investigación fue realizada solamente en el Distrito Judicial de Ica, por lo tanto, los resultados representan solo a esta jurisdicción y no son del todo generalizables al resto de regiones del país. No obstante, los resultados podrán constituir la base para futuras investigaciones en otros distritos judiciales del Perú. En cuanto a la limitación temporal, este estudio fue realizado en 2023 y se apoya en investigaciones previas publicadas en un máximo de cinco años, de modo que todo el marco teórico sea actual y pertinente. La investigación abordó dos variables determinadas: control de legalidad y lesiones culposas por no cumplimiento de normas viales, lo que permitió excluir otros tipos penales o situaciones coyunturales que pueden incidir en la percepción sobre estos procesos penales. Es debido a ello que se estableció el siguiente objetivo general: Determinar cómo el control de legalidad influye en la determinación de responsabilidad en los delitos de lesiones culposas por inobservancia de las reglas de tránsito en Ica, 2023. Mientras que, los objetivos específicos: OE1: Analizar la incidencia del control de legalidad en el marco legal aplicado a los procesos penales por lesiones culposas en Ica, 2023. OE2: Evaluar el impacto del control de legalidad en la proporcionalidad y fundamentación de las sanciones aplicadas en los casos de lesiones culposas en Ica, 2023. 5 OE3: Examinar la influencia del control de legalidad en la determinación de los factores que configuran el delito de lesiones culposas en Ica, 2023. Por ello se formuló la siguiente hipótesis general: El control de legalidad influye significativamente en la determinación de responsabilidad en los delitos de lesiones culposas por inobservancia de las reglas de tránsito en Ica, 2023. Se establecieron las siguientes hipótesis específicas: He1: El control de legalidad incide en el marco legal, determinando cómo se interpretan y aplican las normas en los procesos penales por lesiones culposas en Ica, 2023. He2: El control de legalidad repercute en las sanciones aplicadas, asegurando que sean proporcionales y fundamentadas en los casos de lesiones culposas en Ica, 2023. He3: El control de legalidad influye en los factores que determinan el delito, afectando la valoración probatoria y la configuración de la responsabilidad penal en Ica, 2023. Se identificaron numerosos estudios que contribuyeron a la investigación propuesta: A nivel internacional: En el contexto colombiano, Monsalve (2021) presenta una investigación sistemática sobre la obligación financiera del Estado y su vinculación con el ámbito del derecho penal. Mediante el rastreo de las transformaciones normativas efectuadas en las últimas décadas, el autor indaga de qué manera la reorientación de la responsabilidad penal afecta la valoración de la culpabilidad en los juicios. El estudio, fundado en el examen de textos legales y jurisprudenciales, concluye que la reconfiguración del código normativo resulta necesaria para eliminar los sentidos equívocos que, en el contexto de la administración pública, pueden dañar la propiedad estatal y la eficacia del control judicial. Complementariamente, Caicedo (2022) estudia una falla reiterada en la praxis judicial nacional ecuatoriana: la valoración de las circunstancias de agravación en los tipos de delitos, aun siendo de carácter culposo, que afectan a menores. Su indagación evidencia una constante asimilación errónea entre el dolo eventual y la culpa, distorsión que, a su vez, desajusta tanto el derecho de defensa del imputado como las garantías del debido proceso. Desde la necesidad de evitar una eventual sobrecarga interpretativa en el ámbito judicial, el autor sostiene que la ambivalencia en el tratamiento requiere una reforma que, de modo integral, precise las condiciones bajo las cuales el legislador autoriza el incremento punitivo en las infracciones de contenido culposo. Cazadora y Gonzales (2020) indagan sobre el incremento reciente de las multas por infracciones de tránsito en Argentina y su supuesta capacidad de disuasión en el contexto de reducción de la siniestralidad vial. La investigación manifiesta, no obstante, que el endurecimiento punitivo, por sí solo, carece de peso preventivo en ausencia de un diseño normativo y programático que articule, entre otros elementos, educación, infraestructura, y control. Concluyeron que la política criminal debe ir acompañada de programas de prevención, mejora de la infraestructura vial y acciones para 6 desincentivar las conductas de conducción negligente, ya que las sanciones penales por sí solas no son capaces de reducir los accidentes de tránsito. Gómez (2022), en su investigación realizada en Ecuador, se centró en la conciliación como un medio de solución aplicándola a los delitos de tránsito. Su estudio argumenta que, cuando no se facilitan los arreglos, las víctimas resultan perjudicadas al recibir una compensación incompleta y los tribunales pierden su tiempo con casos evitables. Esto llevó al autor a concluir que la conciliación puede convertirse en un mecanismo eficaz para descongestionar los juzgados y ofrecer soluciones más equitativas tanto a las víctimas como a los involucrados en accidentes de tránsito. En un estudio de Morales y Flores (2023), se identificaron las infracciones de tránsito que ocasionan lesiones y la falta de sanciones precisas en Ecuador. Al analizar denuncias y actas judiciales, concluyeron que la falta de especificidad ha permitido que algunos infractores escapen del sistema judicial, lo que debilita el sentido represivo-preventivo del derecho penal. Asimismo, señalaron que el texto reformatorio para adicionar al Código Orgánico Integral Penal debía establecer “sanciones proporcionales”, además de brindar un mejor amparo a las víctimas y garantizar una mayor eficacia del control de legalidad. Por otro lado, a nivel nacional: Rocano (2020) realizó un estudio en el Ministerio Público de Huánuco para evaluar cómo la gravedad de las lesiones influye en los delitos de lesiones culposas por no respetar las reglas de tránsito. La investigación, de enfoque cualitativo y diseño no experimental correlacional explicativo, analizó carpetas fiscales y entrevistas a fiscales de la Cuarta fiscalía provincial Penal Corporativa de Huánuco. Las evidencias analizadas sugieren que la severidad de la lesión constituye un criterio central para la tipificación de la lesión culposa. Por ello, recomiendan la implementación de reformas que ofrezcan definiciones precisas del umbral de lesión susceptible de ser considerada como culposa, fundamentándose en los baremos de daño consignados en los informes médico-legales. El trabajo de Maza (2021) aborda el ciclo judiciario correspondiente a la lesión culposa a partir del fichero de la Primera Fiscalía Superior Penal de Áncash, aplicando un modelo mixto con enfoque no experimental, transversal y retrospectivo. Los hallazgos revelan que la mayoría de los episodios que generan lesiones se deben a manifestaciones de imprudencia o a la carencia de destreza del conductor. Además, infieren la urgencia de elaborar directrices precisas que sustenten el enjuiciamiento penal y, en consecuencia, optimicen la seguridad jurídica y la coherencia de la doctrina penal. Por su parte, Benavides y Gutiérrez (2023) analizan el vacío que presenta el Código Penal respecto a las lesiones culposas que culminan en muerte. La combinación de entrevistas a un selecto grupo de peritos y la matriz de análisis bibliográfico evidencia la existencia de heterogeneidad en los diagnósticos, concluyendo que la omisión legislativa genera discrepancias 7 que afectan la calificación del delito. En algunos casos, la conducta del imputado puede encajar tanto en homicidio culposo como en lesiones graves con resultado de muerte, lo que genera incertidumbre y afecta la seguridad jurídica. Por ello, plantean la necesidad de incluir una figura específica en la ley que regule estos casos de forma clara y evite interpretaciones contradictorias. Monzón (2021) analizó los delitos de omisión de socorro, exposición al peligro y fuga en accidentes de tránsito con lesiones culposas, revisando un expediente del Segundo Juzgado Penal de Condevilla en Lima Norte. Su estudio, exploratorio-descriptivo y de diseño no experimental retrospectivo, mostró que los plazos procesales se cumplieron adecuadamente y que la valoración de pruebas en las resoluciones permitió fundamentar jurídicamente la calificación de los hechos. Los hallazgos resaltan la necesidad de fortalecer la normativa vigente para asegurar un correcto procesamiento de los casos de omisión de socorro en accidentes de tránsito. A nivel local, se tiene la investigación de Quispe (2024), que abordó el tema en cuanto a la calidad de las sentencias iniciales y los recursos apelatorios, en casación por lesiones culposas bajo sociedad penal del Distrito Judicial de Palpa. Por otro lado, la investigación se desarrolló en un diseño observacional y de análisis, que se basó en el expediente N° 00261-2018-1-1409-JR- SRI/JMZA–PE. Mediante técnicas de observación y análisis de contenido, se prestó atención a la claridad con que estaban construidos los argumentos en las sentencias. Los resultados demostraron que las sentencias iniciales eran de calidad promedio, mientras que las apelaciones generalmente resultaban mucho mejor fundamentadas. Esto resaltó la necesidad de fortalecer adecuadamente la argumentación jurídica en los fallos iniciales, a fin de garantizar que dichas decisiones sean más claras y sólidas en casos de lesiones culposas por accidentes de tránsito. Este es el único estudio a nivel local que examina cómo las normas se aplican a estos casos durante los últimos cinco años. Por lo tanto, Quispe (2024) constituye una referencia clave. Su investigación proporciona una visión sobre cómo se interpretan las normas y a quiénes se aplican en los casos de lesiones culposas en Palpa. Bases teóricas para una mejor comprensión El control de legalidad tiene la misión en asegurar la tramitación de los procesos judiciales en estricta conformidad con las reglas del debido proceso, de modo que las resoluciones eviten la arbitrariedad. En consecuencia, la norma ha de aplicarse de manera equitativa. En este marco, corresponde a los magistrados revisar que las decisiones que adopten se basen en un juicio ponderado y que los derechos fundamentales de los sujetos procesales no sean menoscabados (Ramírez, 2023). Respecto de la suficiencia de la prueba, esta se vuelve un requisito funcional y constitutivo para verificar la atribución de la responsabilidad penal. La simple conjetura no resulta idónea; la carga probatoria requiere que las evidencias manifestadas sean diáfanas, armónicas entre sí y suficientes por sí mismas para respaldar la acusación. Si este estándar no se cumple, se corre fatalmente el 8 riesgo de erigir decisiones de puro contenido azaroso y, con ello, afectar la porfía del derecho de todo acusado a ser considerado inocente mientras no medie prueba que, en la medida estricta, lo desvirtúe (López, 2022). La posibilidad de fuga es una de las razones que permite la aplicación de medidas cautelares, pero la valoración debe hacerse de manera rigurosa y siempre previa a la adopción de la medida. Se tienen en cuenta la gravedad de la pena en estudio, la vida laboral y social, la dinámica familiar y el comportamiento procesal del imputado. Hay, sin embargo, una frontera cognitiva insalvable: la simple sospecha sobre la intención de huir es insuficiente, debe ser confirmada mediante evidencias serias. De otro modo, que el correcto examen se ignore inobservancia equivaldría, en términos prácticos, a una preventiva a secas que compromete la libertad en virtud de un juicio de simple apariencia, con evidentes, y a la postre irreparables, efectos sobre el estado emocional y la dignidad personal (González, 2024). Dentro de la teoría del garantismo, concebida por Ferrajoli, la privación de la libertad se legitima solo mediante la presentación de una causa, por un lado, y por la expresión de un grado de necesidad que sobreviva a un índice de idoneidad, por el otro. El parámetro de la proporcionalidad, a su vez, debe sopesar el medio que corta la libertad y el bien jurídico que intenta proteger el juez, de manera que el rostro jurídico de la decisión no sea el de la mera contracción del imputado a un giro inevitable, sino el de un Estado que explica, a la luz de razones constitucionalmente relevantes, por qué es posible que una libertad en manos del imputado no sea, por un instante, inviolable. La garantía fundamental consiste, por ende, en la remisión obligada y fundamentada a la única prueba de la que se dispone, que es la posibilidad de que la medida, en su estricto y preciso sentido, respete inevitablemente al hombre y no a la contradicción formal del mismo (Martínez, 2023). La valoración de la prueba en materia penal constituye una de las competencias más exigentes que debe asumir el juez. Este ejercicio implica, en primer lugar, un examen minucioso de cada uno de los elementos probatorios presentados en el proceso. Posteriormente, dichos medios son sometidos a un proceso de contrastación interna durante la deliberación, en el que el magistrado recurre al sentido común, no como verdad preconcebida, sino como criterio comparativo que garantiza que lo técnico no se disocie de la realidad práctica. Cualquier desliz en esta fase compromete la estabilidad del orden jurídico y, en consecuencia, erosiona la credibilidad que la ciudadanía otorga a la administración de justicia. Por tal razón, quienes se encargan de la apasionada labor jurídica deben proceder a una valorización prudente de los medios antes de adoptar una resolución (Fernández, 2021). La figura de las lesiones culposas, se presenta cuando un individuo, a consecuencia de una simple distracción, imprudencia o carencia de conocimiento sobre las exigencias viales, ocasiona afectación corporal a otro sin la intención de causarla. En estos casos, resulta decisivo indagar si el autor desatendió las normas de prudencia elementales y si esta desviación de conducta podía 9 haber sido correctamente prevista o, de haber actuado con la debida diligencia, evitada. La valoración no es equivalente si se da ante un eventual insalvable o ante una conducta que se erige en una manifestación de descuido, y este matiz influye de manera directa sobre la eventual extensión de la culpabilidad que se requiera (Pérez, 2024). Cuando se impone una pena no se busca simplemente la retribución, sino tomar en cuenta la magnitud de los daños, mirar el historial del condenado y atender a los hechos tal como se dieron. Con este análisis se busca afinar la respuesta del Estado, combinando la sanción con la prevención, evitando en consecuencia que la pena resulte ni ultra ni subdistribuidor y, a la vez, favoreciendo la reintegración de quien ha sido condenado (Ortiz, 2023). Desde la misma perspectiva, el proceso no se agota en elección de la sanción, sino que se avanza a una evaluación final que examina el significado de la pena y de la justicia frente a la salud social y la reducción de la incertidumbre. Observada desde la perspectiva de la eficiencia, la sanción ha dejado de ser una simple manifestación de autoridad para convertirse en un instrumento de acción cuya implementación genera costos previstos que, en el límite, pueden aliviar la congestión del sistema de justicia, reforzando, de una sola vez, la operatividad de la respuesta estatal y la eficacia de los resultados en el plano social (Mendoza, 2022). El control de legalidad, en consecuencia, asume la función de garantía ineludible en el ámbito de las lesiones culposas derivadas de siniestros viales; su tarea consiente que cada uno de los derechos de las partes actuantes sea tutelado en condiciones de simetría, de que la prueba sea valorada conforme a criterios homogéneos, de que la valoración de la fuga adquiera un carácter objetivamente y, por último, de que la respuesta sancionatoria respete la necesaria proporcionalidad, a fin de que la justicia y la equidad se crucen en un mismo plano en toda decisión (Suárez, 2024). Asimismo, el principio de legalidad, en su función garantista, excluye la represión de conductas que carezcan de una descripción legal previa, invalidando la manifestación de una potestad casuística del juez y obligando, por el contrario, a que la sanción se asiente exclusivamente sobre el tipo normativo adoptado y conocido de antemano por la comunidad interviniente (Rodríguez, 2023). Surge, en tal marco, la teoría del riesgo permitido, que permite distinguir las conductas dentro del ámbito del peligro tolerable y aquellas que, al sobrepasar el umbral señalado por la comunidad, trascienden la tolerancia social y, por lo tanto, se asimilan como delictivas. Por esta razón, no es posible tratar por igual al conductor que, respetando el sistema de normas, se ve implicado en un siniestro que a aquel que cede a la imprudencia evidente (López, 2022). El deber objetivo de cuidado, establece que toda persona debe actuar con la diligencia que se espera de quien se relaciona con una multitud, con el propósito de prevenir daños que puede anticipar. En el contexto del tráfico, ello se traduce en cumplir las normas viales y en prever posibles peligros en la ruta. Si se elude tal deber y el daño era, a la vista del circuito social, previsible y evitable, se origina la responsabilidad de carácter penal (García, 2024). 10 La imputación objetiva, por su parte, permite endosar la responsabilidad a quien, mediante una acción o bien por el resultado de la conducción, origina un riesgo que el ordenamiento prohíbe y que se traduce, efectivamente, en un perjuicio. Si la lesión, sin embargo, se produce por factores que no se relacionan con la actuación del conductor, no cabe atribuir la culpa, desde la imputación objetiva, a quien la legislación caracteriza como infractor (Martínez, 2023). Ratio legis del principio de proporcionalidad es que la pena que se establece deba ser equitativa, en el sentido de guardar proporción no solo con la gravedad del delito, sino con las referencias que brotan de la persona que lo cometió. De este modo, el ordenamiento se asegura de prevenir, a un tiempo, la extensión sin fundamentación de lo que denomina frente a la sociedad como justicia, como también el riesgo de que se apliquen sanciones que trasciendan lo razonable. La finalidad consiste en lograr la media unidad entre la necesidad de reacción social y el respeto que la ley se debe a quien afronta un procedimiento penal (Fernández, 2021). Con respecto a la culpabilidad, el énfasis se sitúa en la disposición del autor en el instante en que se comete la conducta antijurídica. En el ámbito de las lesiones culposas provocadas en el tráfico rodado, no se requiere la existencia de dolo, es decir, de voluntad de menoscabar la integridad ajena. La norma, en lugar de atender a una intención, proscribe la omisión de la diligencia que cada sujeto debe acatar. En consecuencia, la sanción penal es viable únicamente cuando se provee evidencia de que el culpable omitió una alternativa de conducta que, a la luz del contexto, era accesible para eludir la producción del daño (Suárez, 2024). 11 II. ESTRATEGIA METODOLÓGICA Tipo de Investigación La investigación es de tipo básico, en vista de que busca generar conocimiento en torno a la aplicación que se hace del control de legalidad en los delitos de lesiones culposas por inobservancia de las reglas de tránsito, a fin de comprender su efecto en el sistema judicial. Ramírez y Torres (2022) comentan que, en la investigación básica, se elabora sobre aspectos jurídicos con fenómenos, en sus obras, a partir de doctrina, normativa y jurisprudencia, con el fin de ampliar la comprensión de la problemática en cuestión. Enfoque de investigación El enfoque de la investigación es cuantitativo, en virtud de que se basa en la recopilación y análisis de documentos normativos, doctrinales y jurisprudenciales para establecer un hecho objetivo respecto al control de legalidad en los delitos de lesiones culposas por inobservancia de las reglas de tránsito. En el ámbito jurídico, la investigación cuantitativa, tal y como lo aseveran Medina- Romero et al. (2023), en el contexto jurídico, es útil. Nivel de investigación El vínculo entre el control de legalidad y la conclusión de las causas por lesiones culposas revelan una puesta en escena de interdependencia operativa, por lo que corresponde calificar la pesquisa de tipo correlacional. Conforme a la estimación doctrinal de Martínez (2021), este nivel correlacional propicia la medición de la interrelación entre dos acontecimientos normativos, a partir del cual se logra limitar la intensidad del efecto que se verifica en la regulación del comportamiento. La indagación consiguiente persigue establecer si la aplicación correcta del control de legalidad se traduce en efecto directo sobre el desenlace de los litigios, mediante el examen de la adecuada atribución de los hechos, la proporcionalidad del reproche punitivo en relación con la conducta y la certidumbre de lo evidenciado en el proceso. Leyenda: M: 20 abogados y 10 fiscales que han trabajado en delitos de tránsito durante el 2023. Vx (Variable Independiente): Control de legalidad. Vy (Variable Independiente): Delito de Lesiones Culposas por Inobservancia de las Reglas de Tránsito. r: Relación entre las variables. 12 Diseño de la investigación La investigación adoptó un enfoque no experimental, en el cual no se llevó a cabo la manipulación directa de variables, sino que estas fueron observadas y analizadas en su entorno normal. Tal postura se justifica por su capacidad de facilitar la interpretación de fenómenos en el marco de la realidad, evitando desplazamientos o distorsiones producidas por artificios experimentalistas (Cortés e Iglesias, 2022). El estudio, adicionalmente, es de naturaleza transeccional, dado que la recopilación de datos se ejecutó en un solo instante a lo largo de 2023, lo que presenta un instante representativo de la interacción entre variables sin requerir seguimiento o mediciones longitudinales (Sampieri, 2021). Población y muestra Población La investigación se orientó a juristas que, por su trayectoria y especialización, constituyen la autoridad en la aplicación de control jurídico en los incidentes de lesiones culposas de origen vial en el ámbito de Ica. La población se compuso de un total de 30 sujetos: 20 abogados que se dedican de manera habitual a la litigación sobre conflictos originados en la normativa vial, y 10 fiscales que han intervenido como testigos en juicio y que, en estas capacidades, han analizado el delito objeto de estudio. A juicio de Hernández, Fernández y Baptista (2014), la población en un estudio se define, en consecuencia, por el cumplimiento de criterios de especialización y por la certeza de que cada miembro aporta información necesaria al fenómeno investigado. Tamaño de muestra En este estudio se optó por un muestreo no probabilístico, específicamente el muestreo por conveniencia, para seleccionar a los profesionales del derecho que se encontraban disponibles y que manifestaron disposición para contribuir a la investigación. Esta estrategia no probabilística favorece la recolección ágil de datos, al permitir que los sujetos incluidos cumplan de forma inmediata los requisitos predefinidos. Tal enfoque es fundamentado por Espina et al. (2020), quienes afirmaron que el diseño por conveniencia se emplea habitualmente en contextos en los que la proximidad física y la disposición del participante condicionan el acceso al insumo analítico. Específicamente, el muestreo por conveniencia facilita la localización de sujetos que tienen una combinación de características pertinentes al objeto de estudio, permitiendo, a su vez, la obtención de información concentrada en una temática particular. Muestreo Las pautas aplicadas a este tipo de muestreo no probabilístico se fundamentan en la selección de los juristas de la población en función de su accesibilidad, la relevancia de su capacitación académica y trayectoria en la temática sujeta a examen, así como en su consentimiento explícito para integrar la investigación. Esta limitante se deriva de la dificultad para conseguir fuentes que ofrezcan datos suficientes y, a su vez, de la exigencia de que la comunicación y la recolección de 13 información se lleven a cabo de manera directa con las personas que operan en el entorno jurídico, condición que, de otro modo, prolongaría el periodo de recolección y generaría riesgos de sesgo por autores preseleccionados que no concurran en la muestra. Los criterios de inclusión fueron fundamentados en la disponibilidad de profesionales del derecho penal y en su experiencia específica en la supervisión jurídica de averiguaciones por lesiones culposas derivadas de infracciones viales. En tal sentido, la obra de González y Ramírez (2023) subraya que un muestreo bien concebido debe abarcar sujetos que, mediante su perfil, reproduzcan con elevada fidelidad las características estructurales de la población objeto, garantizando que las inferencias derivadas conserven la propiedad de ser significativas y representativas del fenómeno bajo examen. Criterios de inclusión • Abogados en ejercicio especializados en derecho penal que han representado a clientes en casos que involucran lesiones culposas debido a infracciones de las normas de tránsito. • Fiscales que hayan formulado acusación formal o hayan participado activamente en el juicio por esta conducta delictiva. • Abogados con más de tres años de experiencia en la persecución de causas penales o ejerciendo la figura del fiscal en casos de accidentes de tránsito. • Personas que deseen participar en el estudio de forma voluntaria. Criterios de exclusión • Abogados sin experiencia en el litigio de casos de culpabilidad por infracciones a las normas de tránsito. • Fiscales que no tengan experiencia en la valoración de pruebas para la acusación o en la preparación de los cargos para estos casos. • Académicos no relacionados con el derecho penal a través de una especialización jurídica o que se desempeñen en otras ramas de las ciencias jurídicas, excluyendo las materias objeto de estudio. • Personas que no estén dispuestas a participar en el estudio y cuyos datos no contribuirían al análisis del mismo. Técnicas de recolección de datos La investigación permitió el uso de encuestas para obtener datos de interés. Se buscó captar información cuantitativa que posteriormente se sometería a un análisis estadístico. Esta técnica se aplicó a un grupo de abogados y fiscales que poseen un currículum con experiencia relevante en el examen de la legalidad de casos de accidentes por incumplimiento de la normativa de circulación. Las encuestas se definen como un conjunto de preguntas detalladas relacionadas con la medición de ciertos indicadores dentro de un estudio que proporciona datos confiables para el análisis. 14 Instrumentos de recolección de datos En el presente estudio se optó por el empleo de un cuestionario estructurado como herramienta central en el proceso de obtención de datos. La instrumentación se llevó a cabo a través de un conjunto de ítems formulados en una escala de tipo Likert de cinco puntos, lo que posibilita una cuantificación precisa de las actitudes de los sujetos en relación a las dimensiones articuladas en la investigación. La población objetivo estuvo constituida por abogados y fiscales con trayectoria en la aplicación del derecho penal, focalizándose en aquellos que gestionan casos que versan sobre lesiones ocasionadas por infracciones a la normativa de tránsito. Esta selección aportó un notable incremento en la fiabilidad y validez del conjunto de la información recolectada, al garantizar que las respuestas proceden de sujetos capacitados y con experiencia relevante. Complementariamente, se diseñó un formulario de ficha documental, que actúa como hoja de ruta para la revisión de los expedientes judiciales y de la normativa aplicable a los supuestos analizados. Esta técnica de indagación documental se configura como un procedimiento que robustece la validez concurrente de las respuestas, al contrastar los datos reportados en las encuestas con la información que emana de las resoluciones y de la legislación vigente, lo que a su vez intensifica la comprensión y articulación del fenómeno objeto de estudio. Técnicas de procesamiento, análisis e interpretación de datos Con el propósito de conservar la veracidad y la autenticidad de la información recogida, el procesamiento de datos se llevó a cabo mediante una secuencia rigurosa que incluyó clasificación, depuración y validación. En una primera etapa, la información proveniente de los instrumentos de recolección fue sometida a una revisión sistemática, lo que facilitó su posterior organización en entornos digitales; la etapa garantizó que cada ítem fuera correctamente codificado y agrupado. A continuación, los datos se introdujeron y manipularon dentro de Microsoft Excel 2019, aplicación que ofreció un esquema de control de calidad, permitiendo la edición estructurada y la generación de informes preliminares, los cuales actuaron como base para el análisis ulterior. La investigación incluyó un enfoque estadístico que integró análisis descriptivos e inferenciales. Las descripciones fueron representadas por media, mediana, desviación y gráficos de barra de frecuencias, lo que generó una síntesis cuantitativa de la magnitud de los datos. Además, el análisis inferencial se centra en investigar las relaciones estadísticas–miradas entre las variables mediante pruebas de evaluación y regresión, permitiendo distinguir las asociaciones que alcanzaron niveles de significancia y relevancia de aplicación práctica. Para fortalecer la robustez de los resultados, se empleó SPSS, versión 27, cuya integración de algoritmos refinados predisponía el tratamiento de los datos, clarificaba los vínculos y validaba la confiabilidad de los instrumentos de medición. El coeficiente de evaluación no paramétrico de Rho de Spearman fue seleccionado para caracterizar la conjunción y la orientación de asociaciones entre constructos ordinales y continuos. Además, se determinará el Alfa de 15 Cronbach, parámetro cuya evaluación de la consistencia interna corroboró que la serie de respuestas adquiriría un grado preestablecido de homogeneidad temporal. Mediante la interrelación continua de estas operaciones anidadas, se suavizó el recorrido analítico, se deputó la interferencia interpretativa y se tradujo, en último extremo, en cuentas numéricas que respaldaron nuestros propósitos de investigación. Resultaron así cifras surgidas en un marco cuantitativo, lo que permite que las inferencias se devengan de los datos y se propongan, en consecuencia, nota desagregando la finalidad analizada, en el que se respeta, por tanto, la política monetaria recomendada, traduciendo el fenómeno complejo en un testimonio directo y responsable. 16 III. RESULTADOS Estadística descriptiva de variables y dimensiones Variable Independiente: Control de Legalidad Tabla 01 Control de legalidad N % Nivel Bajo 9 30,0% Nivel Medio 12 40,0% Nivel Alto 9 30,0% Nota: Elaboración propia – SPSS v. 27 Figura 01 Control de legalidad Nota: Elaboración propia – SPSS v. 27 La Tabla y la Figura 01 exponen que el examen de legalidad preocupante a las lesiones por negligencia derivadas de contravenciones a la normativa de tránsito en la región de Ica manifiesta una inclinación equilibrada. El porcentaje de casos que se sitúa en el nivel medio es del 40, lo que indica que, pese a las labores promovidas para hacer efectiva la normativa, subsiste un margen apreciable de déficit en la ejecución. Complementariamente, la tercera parte de la muestra se clasifica en un nivel bajo que, en consecuencia, deja evidenciada una fracción sustancial a la que no se ha aplicado el control correspondiente, lo que se traduce, por un lado, en riesgo de impunidad y, por otro, en la posibilidad de que las sanciones impuestas resulten notoriamente inadecuadas. Sin embargo, el 30% restante indica que en ciertos escenarios la observancia de los preceptos legales se lleva a cabo de forma rígida. 17 Dimensión I: Marco normativa Tabla 02 Dimensión marco normativo N % Nivel Bajo 12 40,0% Nivel Medio 12 40,0% Nivel Alto 6 20,0% Nota: Elaboración propia – SPSS v. 27 Figura 02 Marco normativo Nota: Elaboración propia – SPSS v. 27 La Tabla y la figura 02 ilustran el entorno regulatorio en el que se producen las lesiones culposas derivadas de infracciones de tránsito, destacando que el nivel promedio de cumplimiento se sitúa en el 40%. Este porcentaje, si bien indica la existencia de un marco regulatorio, resalta la persistencia de obstáculos para su aplicación efectiva. A su vez, es destacable el 40% de los encuestados que califican el grado de aplicación como deficiente. Un éxito complementario al resultado anterior es el 20% que califica el grado de aplicación como satisfactorio. Si bien es mínimo, este dato sugiere que el marco regulatorio en sí no está infravalorado, sino que su ejecución es intermitente. 18 Dimensión II: Actuación Judicial Tabla 03 Dimensión actuación judicial N % Nivel Bajo 12 40,0% Nivel Medio 12 40,0% Nivel Alto 6 20,0% Nota: Elaboración propia – SPSS v. 27 Figura 03 Análisis de la dimensión actuación judicial Nota: Elaboración propia – SPSS v. 27 Los resultados de la tabla y figura 03 muestran que la opinión sobre el trabajo de la justicia en estos casos está dividida, con más personas en niveles bajos y medios de percepción. El 40% de las personas encuestadas piensa que la intervención judicial no es adecuada, y otro 40% la ve como regular. Solo el 20% piensa que la actuación de los jueces es buena, lo que muestra una falta de confianza en cómo se administra la justicia en estos casos. Este escenario indica que hay problemas en cómo se aplican las normas y en las decisiones de los jueces. La gente siente que, en muchos casos, las decisiones no abordan adecuadamente la seriedad de los problemas o no aseguran un proceso justo. Esto puede ser por varios motivos, como la cantidad de trabajo que tienen los jueces, cómo cada uno entiende la ley de manera diferente o la falta de los recursos necesarios para revisar cada caso con el detalle que se necesita. La baja valoración de la actuación judicial hace más importante la mejora de los mecanismos de control y supervisión en la administración de justicia. Es importante que las decisiones se basen en análisis cuidadosos, asegurando que cada decisión sea clara, justa y siga los principios legales. 19 Solo así se podrá aumentar la confianza en el sistema y garantizar que las víctimas y los acusados sean tratados de manera justa. Dimensión III: Valoración Probatoria Tabla 04 Dimensión valoración probatoria N % Nivel Bajo 9 30,0% Nivel Medio 18 60,0% Nivel Alto 3 10,0% Nota: Elaboración propia – SPSS v. 27 Figura 04 Análisis de la dimensión valoración probatoria Nota: Elaboración propia – SPSS v. 27 La tabla y la figura 04 indican que los resultados relacionados con la categoría de Valoración Probatoria se concentran principalmente en un perfil de puntuación media, que abarca el 60% del total de casos analizados. La subcategorización que agrupa al 30% de los casos bajo el parámetro de baja corroboración expone, en términos operativos, la existencia paralela de fisuras normativas en el procesamiento probatorio. De hecho, solo el 10% de los expedientes alcanza un alto nivel de calidad, lo que evidencia que la valoración de los materiales probatorios rara vez se realiza con el rigor, la imparcialidad y la conformidad con los postulados legales necesarios. 20 Variable Dependiente: Delito de Lesiones Culposas por Inobservancia de Normas de Tránsito Tabla 05 Delitos de lesiones culposas N % Nivel Bajo 9 30,0% Nivel Medio 18 60,0% Nivel Alto 3 10,0% Nota: Elaboración propia – SPSS v. 27 Figura 05 Delitos de lesiones culposas Nota: Elaboración propia – SPSS v. 27 En la Tabla y Figura 05, los resultados derivados de la Valoración Probatoria—integrada en el Control Legal—evidencian una tendencia desfavorable en la exhaustiva revisión y apreciación de la prueba en el ámbito del proceso penal. De la observación se infiere que el 60% de las decisiones en la instancia analizada están ubicadas, en términos de calidad, en un ámbito medio que debe ser considerado por los órganos de supervisión. Además, se estima que una proporción aproximada del 30% de los expedientes analizados adolece de un soporte probatorio insuficiente, circunstancia que pone de manifiesto fallas planteadas en la ponderación de las pruebas por las entidades encargadas de esta función. El conjunto de los datos recopilados y examinados señala que apenas un escaso 10% de los expedientes logra alcanzar una valoración probatoria que se aproxima al estándar elevado que debe ser exigido. De la evaluación emerge la necesidad inaplazable de proceder a una reformulación y robustecimiento de los mecanismos de valoración 21 probatoria que se aplican en el contexto del control legal y que son esenciales para la robustez del debido proceso. Dimensión I: Marco legal Tabla 06 Dimensión marco legal N % Nivel Bajo 9 30,0% Nivel Medio 18 60,0% Nivel Alto 3 10,0% Nota: Elaboración propia – SPSS v. 27 Figura 06 Marco legal Nota: Elaboración propia – SPSS v. 27 El análisis contenido en la tabla y en la figura 06, referidos al marco regulatorio, pone de manifiesto que el 60,0% de la muestra objeto de estudio presenta un grado moderado de familiaridad con el régimen jurídico que disciplina el resarcimiento por daños derivados de la imprudencia en el tráfico. Más grave aún es que el 30% de la población encuestada exhibe un nivel de conocimiento deficiente, lo que pone de aliviar deficiencias significativas en la capacidad para comprender y, en virtud de ello, en aplicar correctamente las disposiciones legales. La escasa representación del 10% de individuos que demuestra un dominio elevado de la normativa sugiere que la circulación de conocimiento crítico es limitada, dado que sólo un número minoritario se encuentra en condiciones de gestionar adecuadamente las exigencias prescritas para que, en el marco procesal, se elaboren decisiones debidamente fundamentadas. De la ausencia referida pueden surgir, inevitablemente, lecturas desfavorables para el orden jurídico y pronunciamientos disímiles que afectarían la adecuada tutela de los derechos, tanto de los sujetos pasivos como de 22 las víctimas, lo que, en última instancia, podría comprometer la integridad de la actividad jurisdiccional. Dimensión II: Sanciones Aplicadas Tabla 07 Dimensión sanciones aplicadas N % Nivel Bajo 12 40,0% Nivel Alto 18 60,0% Nota: Elaboración propia – SPSS v. 27 Figura 07 Análisis de la dimensión sanciones aplicadas Nota: Elaboración propia – SPSS v. 27 Según la tabla y figura 07, los resultados de la encuesta de sanciones aplicadas revelan que el 60% de los encuestados argumenta que las sanciones impuestas, en especial las de lesiones culposas por inobservancia de las normas de tránsito, son adecuadas y se alinean con la ley vigente. No obstante, es alarmante que el 40% del total tenga la sensación de que hay deficiencias en la aplicación de estos lapsos, lo que sugiere ausencia de homogeneidad en los criterios que utilizan los funcionarios de la administración de justicia. Esto podría conducir a decisiones desequilibradas por sanciones cruelmente severas o también a mínimas insuficientes que interfieran con la seguridad jurídica y la fe en el sistema de justicia. 23 Dimensión III: Factores que influyen en la determinación del delito Tabla 08 Dimensión factores que influyen en la determinación del delito N % Nivel Bajo 12 40,0% Nivel Alto 18 60,0% Nota: Elaboración propia – SPSS v. 27 Figura 08 Análisis de la dimensión factores que influyen en la determinación del delito Nota: Elaboración propia – SPSS v. 27 Los resultados de la tabla y figura 08 muestran que el 60% de los encuestados cree que los factores que influyen en la decisión sobre el delito de lesiones culposas por no seguir las reglas de tránsito son evaluados correctamente en el sistema judicial. Esto significa que, en la mayoría de las situaciones, se consideran aspectos importantes como la gravedad del daño, la culpa de quien lo causó y las circunstancias en las que sucedió. Sin embargo, el 40% nota problemas en este aspecto indicando que todavía hay fallas en cómo se evalúan estos factores. Esto podría llevar a decisiones injustas o a una falta de consistencia en la aplicación de la ley. Es muy importante identificar correctamente el delito para asegurar que las sanciones sean justas y proporcionales. Por eso, se deben fortalecer los criterios de evaluación y su uso en los juicios. 24 Control de legalidad x Delito de lesiones culposas por inobservancia de normas de tránsito Tabla 09 Tabla cruzada control de legalidad x delito de lesiones culposas Control de legalidad Total Nivel Bajo Nivel Medio Nivel Alto Delito de lesiones culposas por inobservancia de normas de tránsito Nivel Bajo Recuento 9 0 0 9 % del total 30,0% 0,0% 0,0% 30,0% Nivel Medio Recuento 0 12 6 18 % del total 0,0% 40,0% 20,0% 60,0% Nivel Alto Recuento 0 0 3 3 % del total 0,0% 0,0% 10,0% 10,0% Total Recuento 9 12 9 30 % del total 30,0% 40,0% 30,0% 100,0% Nota: Elaboración propia – SPSS v. 27 Figura 09 Análisis de control de legalidad x delito de lesiones culposas Nota: Elaboración propia – SPSS v. 27 Interpretación: La tabla cruzada 09 refleja la relación entre el control de legalidad y la determinación del delito de lesiones culposas por inobservancia de normas de tránsito. Se observa que cuando el control de legalidad es bajo, todos los casos (30%) corresponden a una clasificación también baja del delito. Es decir, en contextos donde la aplicación de la normativa es deficiente o poco rigurosa, 25 la determinación del delito tiende a ser menos estricta, lo que puede derivar en decisiones judiciales más permisivas o inconsistentes. En el nivel medio de control de legalidad, la distribución cambia significativamente: el 40% de los casos se encuentran en este nivel, pero, además, aparece un 20% de casos en el nivel alto del delito. Esto sugiere que cuando el control de legalidad es moderado, hay una mayor posibilidad de que la tipificación del delito sea más severa, posiblemente porque se cuenta con mayores criterios normativos para fundamentar la responsabilidad del infractor. Por otro lado, en el nivel alto de control de legalidad, la totalidad de los casos (10%) se asocia con una alta determinación del delito. Esto indica que cuando la normativa se aplica con firmeza y precisión, los casos tienden a clasificarse con mayor rigurosidad, lo que podría estar relacionado con una mejor valoración probatoria, aplicación de sanciones proporcionales y menor margen de discrecionalidad en la interpretación judicial. En general, los datos evidencian una tendencia clara: a medida que el control de legalidad se fortalece, la determinación del delito de lesiones culposas por inobservancia de normas de tránsito tiende a ser más consistente y estricta, lo que sugiere que una adecuada aplicación normativa es un factor clave en la administración de justicia. Control de legalidad x Marco legal Tabla 10 Tabla cruzada control de legalidad x marco legal Control de Legalidad Total Nivel Bajo Nivel Medio Nivel Alto Marco Normativo Nivel Bajo Recuento 9 0 0 9 % del total 30,0% 0,0% 0,0% 30,0% Nivel Medio Recuento 0 12 6 18 % del total 0,0% 40,0% 20,0% 60,0% Nivel Alto Recuento 0 0 3 3 % del total 0,0% 0,0% 10,0% 10,0% Total Recuento 9 12 9 30 % del total 30,0% 40,0% 30,0% 100,0% Nota: Elaboración propia – SPSS v. 27 26 Figura 10 Análisis de control de legalidad x marco legal Nota: Elaboración propia – SPSS v. 27 Interpretación El gráfico de barras y la tabla cruzada 10 muestra la relación entre el control de legalidad y el marco legal en los casos de lesiones culposas por inobservancia de las reglas de tránsito. Se observa que el 30% de los casos se sitúan en un nivel bajo tanto en control de legalidad como en el marco normativo, lo que sugiere una falta de rigurosidad en la aplicación de normas. En el nivel medio, se encuentra el 60% de los casos, con un 40% bajo un control de legalidad de nivel medio y un 20% en un nivel alto, lo que indica que, en este grupo, existe una mayor correspondencia entre un marco normativo intermedio y un control de legalidad más sólido. Por otro lado, solo el 10% de los casos presentan un alto nivel de marco normativo junto con un control de legalidad alto, evidenciando que son pocos los procesos donde ambas variables se encuentran en su máximo nivel. Estos resultados permiten inferir que, a medida que el control de legalidad se fortalece, también lo hace la aplicación del marco normativo, pero con una distribución desigual. Esto sugiere que, aunque existe una relación entre ambos factores, su aplicación no es uniforme y aún hay margen para mejorar la consistencia en la regulación y el control legal en estos delitos. 27 Control de legalidad x sanciones aplicadas Tabla 11 Tabla cruzada control de legalidad x sanciones aplicadas Control de Legalidad Total Nivel Bajo Nivel Medio Nivel Alto Sanciones Aplicadas Nivel Bajo Recuento 9 0 3 12 % del total 30,0% 0,0% 10,0% 40,0% Nivel Alto Recuento 0 12 6 18 % del total 0,0% 40,0% 20,0% 60,0% Total Recuento 9 12 9 30 % del total 30,0% 40,0% 30,0% 100,0% Nota: Elaboración propia – SPSS v. 27 Figura 11 Análisis de control de legalidad x sanciones aplicadas Nota: Elaboración propia – SPSS v. 27 Interpretación En la tabla y figura 11 se observa que el 40% del total de los casos presentan sanciones aplicadas en un nivel bajo. Dentro de este grupo, la mayoría (30%) corresponde a situaciones donde el control de legalidad también es bajo, lo que indica que cuando hay menor rigurosidad en la aplicación del marco legal, las sanciones tienden a ser menos estrictas. Sin embargo, resulta 28 llamativo que, dentro de este mismo nivel de sanciones bajas, un 10% de los casos sí cuentan con un alto control de legalidad, lo que sugiere que, aunque el sistema legal actúe con mayor firmeza en algunos procesos, esto no siempre se traduce en sanciones más severas. Por otro lado, el 60% de los casos corresponden a sanciones aplicadas en un nivel alto. Aquí, el 40% se encuentra dentro de un control de legalidad de nivel medio, lo que podría reflejar un intento de mejorar la aplicación de las normas, aunque sin alcanzar la máxima rigurosidad en todos los casos. Finalmente, solo un 20% de los casos presentan tanto sanciones aplicadas como control de legalidad en un nivel alto, lo que indica que aún hay un margen considerable de casos donde las sanciones no van acorde con un control de legalidad óptimo. En general, los datos sugieren que la relación entre el control de legalidad y la aplicación de sanciones no es completamente homogénea. A pesar de que una mayor rigurosidad en la aplicación de la ley podría estar vinculada con sanciones más adecuadas, no siempre se mantiene esta correspondencia, lo que evidencia que aún hay inconsistencias en la forma en que se dictan y aplican las sanciones dentro del marco legal vigente. Control de legalidad x factores que influyen en la determinación del delito Tabla 12 Control de legalidad x factores que influyen en la determinación del delito Control de Legalidad Total Nivel Bajo Nivel Medio Nivel Alto Factores que Influyen en la Determinación del Delito Nivel Bajo Recuento 9 0 3 12 % del total 30,0% 0,0% 10,0% 40,0% Nivel Alto Recuento 0 12 6 18 % del total 0,0% 40,0% 20,0% 60,0% Total Recuento 9 12 9 30 % del total 30,0% 40,0% 30,0% 100,0% Nota: Elaboración propia – SPSS v. 27 29 Figura 12 Análisis de control de legalidad x factores que influyen en la determinación del delito Nota: Elaboración propia – SPSS v. 27 Interpretación En la tabla y figura 12 se observa que en el 40% de los casos, los factores que influyen en la determinación del delito están en un nivel bajo. De este grupo, el 30% también tiene un control de legalidad deficiente, lo que sugiere que cuando las normas no se aplican correctamente, tampoco se analizan bien los elementos que ayudan a definir el delito. Sin embargo, hay un 10% de casos donde, a pesar de haber un alto control de legalidad, la evaluación de estos factores sigue siendo baja. Esto indica que, aunque el sistema legal sea más estricto, no siempre se toman en cuenta todos los aspectos necesarios para determinar el delito. Por otro lado, el 60% de los casos tienen una mejor evaluación de los factores determinantes del delito. De estos, el 40% está relacionado con un control de legalidad de nivel medio, lo que significa que, aunque se toman en cuenta algunos elementos para definir el delito, no siempre se aplican las normas de manera rigurosa. Solo un 20% de los casos presentan tanto un alto control de legalidad como una correcta evaluación de los factores determinantes del delito, lo que representa la situación ideal, aunque sigue siendo una minoría. En general, estos resultados muestran que el control de legalidad y la evaluación de los factores determinantes del delito no siempre van de la mano. Aunque un mejor control de legalidad ayuda a que se analicen mejor los elementos que configuran el delito, aún existen inconsistencias que 30 afectan la aplicación justa de las normas. Esto resalta la necesidad de mejorar los procesos para asegurar que tanto el control de legalidad como la evaluación de los factores se realicen de manera adecuada en todos los casos. Estadística Inferencial Prueba de normalidad Planteamiento de hipótesis Ho = La distribución es normal H1= La distribución no es normal Nivel de significancia El coeficiente de significancia es del 5%, lo que equivale a: 0.05 Estadístico • Si el P valor < 0.05, se rechaza la hipótesis nula y se acepta la hipótesis alterna • Si el P valor > 0.05, se rechaza la hipótesis alterna y se acepta la hipótesis nula Tabla 13 Prueba de normalidad Shapiro-Wilk Estadístico gl Sig. Control de Legalidad 0,933 30 0,057 Marco Normativo 0,903 30 0,010 Actuación Judicial 0,840 30 0,000 Valoración Probatoria 0,793 30 0,000 Delito de Lesiones Culposas 0,767 30 0,000 Marco Legal 0,765 30 0,000 Sanciones Aplicadas 0,624 30 0,000 Factores que Influyen en la Determinación del Delito 0,624 30 0,000 Nota: Elaboración propia – SPSS v. 27 Conclusión En la tabla 13 se observa que el valor p que más se repite en las variables y dimensiones de estudio son menores a 0.05, por lo que se llega a la conclusión que es una distribución no normal, aceptando la hipótesis nula (Ho) y rechazando la hipótesis alterna (H1); es por ello que se hará uso de estadísticos paramétricos, en específico el Coeficiente de correlación de Spearman. 31 Prueba hipótesis general Planteamiento de hipótesis Hipótesis alterna (H1) El control de legalidad influye significativamente en la determinación de responsabilidad en los delitos de lesiones culposas por inobservancia de las reglas de tránsito en Ica, 2023. Hipótesis Nula (Ho) El control de legalidad no influye significativamente en la determinación de responsabilidad en los delitos de lesiones culposas por inobservancia de las reglas de tránsito en Ica, 2023. Nivel de Significancia El nivel de significancia es de 0.05, es decir α = 0.05 Estadístico de Prueba Se trabaja con Valor de P el cual se tuvo como resultado que p = 0.000 Tabla 14 Correlación entre control de legalidad y delitos de lesiones culposas por inobservancia de las reglas de tránsito Control de Legalidad Delitos de lesiones culposas Rho de Spearman Control de Legalidad Coeficiente de correlación 1,000 0,769** Sig. (bilateral) . 0,000 N 30 30 Delitos de lesiones culposas Coeficiente de correlación 0,769** 1,000 Sig. (bilateral) 0,000 . N 30 30 **. La correlación es significativa en el nivel 0,01 (bilateral). Nota: Elaboración propia – SPSS v. 27 Establecer la Regla de Decisión Si se tiene un valor de probabilidad igual o menor que 0.05, se procede en aceptar la Hipótesis Alterna de investigación (H1) y se prescindirá de la Hipótesis Nula (Ho). Toma de Decisión Los resultados obtenidos en la prueba de Rho de Spearman de la tabla 14 confirman que existe una relación clara y significativa entre el control de legalidad y la determinación de responsabilidad en los delitos de lesiones culposas por inobservancia de las normas de tránsito en Ica, 2023. El coeficiente de correlación alcanzó un 0.769, lo que indica una relación positiva y fuerte entre ambas variables. Además, el valor de significancia bilateral fue de 0.000, lo que, al ser menor a 0.05, nos permite rechazar la hipótesis nula y aceptar la hipótesis alterna. 32 Conclusión El análisis realizado permitió contrastar la hipótesis general, la cual establecía que el control de legalidad influye significativamente en la determinación de responsabilidad en los delitos de lesiones culposas por inobservancia de las normas de tránsito en Ica, 2023. La prueba de correlación ha indicado la presencia de una asociación estadísticamente significativa entre las variables en estudio, lo que permite concluir que la correcta implementación del control legal favorece una tipificación adecuada del delito, una valoración más rigurosa de la prueba y la imposición de sanciones que mantengan la debida proporcionalidad. La conclusión expuesta pone de relieve el rol irrenunciable que ejerce el control de legalidad en la órbita del derecho penal, abordado desde la técnica jurídica. Esta premisa, en el ámbito de la práctica jurisdiccional, abre la posibilidad de reclamar la adopción de pautas normativas que se caracterizan por su claridad y aplicabilidad generalizada; en consecuencia, la aplicación estricta de los principios de legalidad proporciona el sustrato suficiente para determinar, con el mayor grado de certeza, el alcance de la responsabilidad del agente, al tiempo que se previene la aparición de vacios interpretativos que podrían propiciar la arbitrariedad. Así, el presente hallazgo trasciende la mera descripción de fenómenos observables y pone en tela de juicio el mismo fundamento de la legalidad jurisdiccional, que se encuentra en la obligación de asegurar que los parámetros de la norma se aplican de manera homogénea, de tal forma que los imperativos legales no queden expuestos a interpretaciones disidentes ni a situación que favorezcan la incertidumbre. Prueba de Hipótesis específica I (HE1) Planteamiento de hipótesis Hipótesis alterna (H1) El control de legalidad incide en el marco legal, determinando cómo se interpretan y aplican las normas en los procesos penales por lesiones culposas en Ica, 2023. Hipótesis Nula (Ho) El control de legalidad no incide en el marco legal, determinando cómo se interpretan y aplican las normas en los procesos penales por lesiones culposas en Ica, 2023. Nivel de Significancia El nivel de significancia es de 0.05, es decir α = 0.05 Estadístico de Prueba Se trabaja con Valor de P el cual se tuvo como resultado que p = 0.000 33 Tabla 15 Correlación entre control de legalidad y marco legal Control de legalidad Marco legal Rho de Spearman Control de legalidad Coeficiente de correlación 1,000 0,877** Sig. (bilateral) . 0,000 N 30 30 Marco legal Coeficiente de correlación 0,877** 1,000 Sig. (bilateral) 0,000 . N 30 30 Nota: Elaboración propia – SPSS v. 27 Establecer la Regla de Decisión Si se tiene un valor de probabilidad igual o menor que 0.05, se procede en aceptar la Hipótesis Alterna de investigación (H1) y se rechazará de la Hipótesis Nula (Ho). Toma de Decisión Los índices obtenidos mediante la aplicación del coeficiente de Spearman en la tabla 15 demuestran una convergencia alta y estadísticamente relevante entre el control de legalidad y el marco regulatorio relativo a los delitos de lesiones por negligencia atribuibles a la infracción de las normas de tránsito en el distrito de Ica, en el año 2023. Con un ρ de 0,877, el coeficiente sugiere una asociación directa y robusta entre los factores en cuestión. Además, la prueba de significancia bilateral muestra un valor de 0,000, inferior al umbral de 0,05, lo que permite rechazar la hipótesis nula y validar, a su vez, la hipótesis alternativa formulada. Conclusión La asociación registrada entre la dimensión del control de legalidad y la expresión del marco legal proporciona evidencia que sostiene que la existencia de un corpus normativo claro, cuando su aplicación es rigurosa, funciona como un mecanismo cohesivo para el control de legalidad y, en consecuencia, el debido proceso. De la robustez de la correlación, se puede inferir que, al perfeccionar la normativa vigente y asegurar su estricta aplicación por parte de los órganos de aplicación, es posible axiomatizar la determinación de responsabilidad en los hechos referidos, a la vez que se construye un sistema de administración de justicia más ágil y equitativo. Prueba de Hipótesis específica II (He2) Planteamiento de hipótesis Hipótesis alterna (H1) El control de legalidad repercute en las sanciones aplicadas, asegurando que sean proporcionales y fundamentadas en los casos de lesiones culposas en Ica, 2023. 34 Hipótesis Nula (Ho) El control de legalidad no repercute en las sanciones aplicadas, asegurando que sean proporcionales y fundamentadas en los casos de lesiones culposas en Ica, 2023. Nivel de Significancia El nivel de significancia es de 0.05, es decir α = 0.05 Estadístico de Prueba Se trabaja con Valor de P el cual se tuvo como resultado que p = 0.001 Tabla 16 Correlación entre control de legalidad y sanciones aplicadas Control de legalidad Sanciones aplicadas Rho de Spearman Control de legalidad Coeficiente de correlación 1,000 0,570** Sig. (bilateral) . 0,001 N 30 30 Sanciones aplicadas Coeficiente de correlación 0,570** 1,000 Sig. (bilateral) 0,001 . N 30 30 **. La correlación es significativa en el nivel 0,01 (bilateral). Nota: Elaboración propia – SPSS v. 27 Establecer la Regla de Decisión Si se tiene un valor de probabilidad igual o menor que 0.05, se procede en aceptar la Hipótesis Alterna de investigación (H1) y se prescindirá de la Hipótesis Nula (Ho). Toma de Decisión Los resultados de la tabla 16 obtenidos a través de la prueba de Rho de Spearman evidencian que existe una correlación positiva y moderada (0.570) entre el control de legalidad y las sanciones aplicadas en los delitos de lesiones culposas por inobservancia de las normas de tránsito en Ica, 2023. El nivel de significancia bilateral (p < 0,001) es inferior al umbral convencional de α = 0,05; por lo tanto, se rechaza la hipótesis nula y se acepta la proposición alternativa. Esta evidencia empírica sugiere que la aplicación sistemática del control de legalidad ejerce un efecto significativo en la severidad y la pertinencia de la sanción impuesta por la autoridad, lo que refuerza la necesidad de someter los procedimientos legales a un examen crítico para garantizar con mayor solidez la legitimidad y el respaldo normativo de las decisiones. 35 Conclusión Los resultados permiten concluir que un adecuado ejercicio del control legal incide decisivamente en la determinación de sanciones que respondan a los principios de justicia y proporcionalidad, lo que a su vez exige la aplicación de criterios jurídicos que, día a día, siguen sujetos a los estándares de rigor establecidos por la doctrina y la jurisprudencia. La reafirmación de este comportamiento correlacional, a su vez, potencia la eficacia de la lógica del control como técnica de garantía de la legalidad, a la que la actividad sancionadora, en su intersección con el derecho penal, no puede permanecer indiferente. En consecuencia, la obligación del juez y del órgano administrativo que impone sanciones es previsiblemente clara: la decisión debe basarse no solo en un marco normativo delineado y explícito, sino que también debe ajustarse proporcionalmente a la peculiaridad del hecho juzgado, apreciado con la misma objetividad que debe aplicarse a la valoración de la prueba. La reiteración de criterios normativos y el control de su aplicación producen también un efecto indirecto, derivado del resultado de la vinculación empírica aquí presentada, que favorece la consolidación de un orden normativo que, a su vez, nutre la seguridad jurídica y la confianza institucional que cada decisión relativa a la imposición de sanciones debe, además, mantener. Prueba de Hipótesis específica III (He3) Planteamiento de hipótesis Hipótesis alterna (H1) El control de legalidad influye en los factores que determinan el delito, afectando la valoración probatoria y la configuración de la responsabilidad penal en Ica, 2023. Hipótesis Nula (Ho) El control de legalidad no influye en los factores que determinan el delito, afectando la valoración probatoria y la configuración de la responsabilidad penal en Ica, 2023. Nivel de Significancia El nivel de significancia es de 0.05, es decir α = 0.05 Estadístico de Prueba Se trabaja con Valor de P el cual se tuvo como resultado que p = 0.001 36 Tabla 17 Correlación entre control de legalidad y factores que influyen en la determinación del delito Control de legalidad Factores que influyen en la determinación del delito Rho de Spearman Control de legalidad Coeficiente de correlación 1,000 0,570** Sig. (bilateral) . 0,001 N 30 30 Factores que influyen en la determinación del delito Coeficiente de correlación ,570** 1,000 Sig. (bilateral) 0,001 . N 30 30 **. La correlación es significativa en el nivel 0,01 (bilateral). Nota: Elaboración propia – SPSS v. 27 Establecer la Regla de Decisión Si se tiene un valor de probabilidad igual o menor que 0.05, se procede en aceptar la Hipótesis Alterna de investigación (H1) y se prescindirá de la Hipótesis Nula (Ho). Toma de Decisión Los resultados obtenidos reflejan una relación moderada y significativa entre el control de legalidad y los factores que influyen en la determinación del delito de lesiones culposas por inobservancia de las normas de tránsito en Ica, 2023. El coeficiente de correlación de 0.570 indica que la manera en que se aplica el control de legalidad tiene un impacto en la identificación y evaluación de los elementos que configuran este tipo de delitos. Además, la significancia bilateral de 0.001 confirma que esta relación no es producto del azar, sino que responde a un patrón en el que un control de legalidad más sólido favorece una mejor determinación de los factores que inciden en la configuración del delito. Conclusión Se ha establecido que el control legal ejerce una influencia moderada, aunque estadísticamente significativa, en la configuración de los factores que definen el delito de lesiones corporales por negligencia derivadas de la infracción de las normas de tránsito. El análisis correlacionado establece que un control legal riguroso, vigilante y consistente promueve una delimitación más precisa de los elementos legales que prescriben la estructuración del tipo penal. Además, una correcta evaluación de dichos factores ejerce un efecto epistémico en la toma de decisiones en los órganos judiciales, que se vuelve más arraigada y sistemática, concomitante con la reducción de la subjetividad y la atenuación de las inconsistencias que suelen surgir en los procesos penales. 37 IV. DISCUSIÓN La investigación tiene como propósito principal analizar de qué manera el control de legalidad influye en la determinación de la responsabilidad en los delitos de lesiones culposas ocasionados por la inobservancia de las normas de tránsito en la ciudad de Ica, durante el año 2023. El análisis empírico muestra una relación positiva y significativa entre las variables estudiadas (r = 0,769, p < 0,05), lo que permite concluir que una aplicación estricta del control de legalidad contribuye a decisiones más consistentes en materia de responsabilidad penal. Esta conclusión se apoya en Monsalve (2021), quien sostiene que la constante actualización del marco normativo reduce el riesgo de interpretaciones contradictorias en el proceso penal. Asimismo, se complementa con lo planteado por Benavides y Gutiérrez (2023), quienes relacionan los vacíos normativos con la inseguridad jurídica, y con el aporte de Caicedo (2022), que insiste en un uso más preciso de las circunstancias agravantes en los casos culposos, orientando al juez hacia sanciones proporcionales y equilibradas. En el primer objetivo específico, se evaluó el impacto del control jurisdiccional en la aplicación de las normas relacionadas con las lesiones culposas derivadas de infracciones de tránsito. Los resultados señalan que contar con un marco normativo claro y su aplicación rigurosa mejora la precisión en la tipificación del delito, evidenciando una relación fuerte entre la solidez del ordenamiento jurídico y la correcta calificación del caso (r = 0,877, p < 0,05). Este hallazgo coincide con Rocano (2020), quien relaciona el nivel de afectación con la exactitud en la tipificación penal. De igual forma, los datos confirman lo advertido por Morales y Flores (2023), respecto a que ciertas deficiencias normativas permiten que algunos infractores evadan sanciones. En esa misma línea, Maza (2021) resalta la necesidad de contar con pautas claras que definan con mayor precisión la imputación de culpa en los accidentes de tránsito. Respecto al segundo objetivo específico, se analizó la relación entre el control de legalidad y la severidad de las penas impuestas en casos de lesiones por negligencia. Los resultados evidencian que la aplicación sistemática de dicho control lleva a sanciones que respetan los criterios de proporcionalidad, confirmándose estadísticamente la relación mediante el coeficiente de correlación (r = 0,570, p < 0,05). Este fenómeno coincide con lo señalado por Cazadora y Gonzales (2020), quienes advierten que la mejora de las sanciones por sí sola resulta insuficiente si no se acompaña de acciones de concienciación y reeducación en el ámbito del tráfico vial. Gómez (2022) complementa esta visión al indicar que la conciliación entre las partes puede contribuir a una administración de justicia más equitativa en infracciones de tránsito. Benavides y Gutiérrez (2023) advierten que la insuficiencia normativa en el tipo culposo que irroga la muerte de la víctima deja resquicios que perturban la adecuación de la pena en el orden normativo vigente. El cumplimiento del tercer objetivo específico motivó el examen de la relación entre el control de legalidad y las dimensiones que condicionan la descripción típica del delito. A partir del 38 contraste se constató que una interpretación ajustada de las variables citadas propicia una justicia más eficiente, corroborada por un coeficiente de evaluación r = 0,570 (p < 0,05)—hallazgo que va en línea con el enfoque de Monzón (2021), quien establece que el peso determinante de la valoración de la prueba ligado por el tipo de la actuación en materia de tránsito. Quispe (2024), por su parte, cuantificó la mejora de la calidad de las sentencias que se evidencian en segunda instancia, lo que sugiere que una sólida fundamentación jurídica desde las etapas iniciales del procedimiento resulta favorecedora en el cuadro de un tipo específico. Caicedo (2022) complementa la conclusión ocasionalmente con la advertencia de que la aplicación desigual de la norma podría vulnerar el resguardo del debido proceso, razón por la que se insta a la creación de patrones uniformes. Los resultados de la presente investigación se correlacionan con el cuerpo doctrinal examinado y validan la necesidad de potenciar el control de legalidad para delimitar con exactitud la responsabilidad penal en los tipos delictivos considerados. En consecuencia, se plantea la necesidad de promover, de manera prioritaria, reformas normativas a la par de un direccionamiento riguroso de la valoración de prueba y de la dotación de sanciones equitativas, de forma tal que se coadyuva a un sistema penal que, además de ser equitativo, exhibe una mayor eficacia operativa. 39 V. CONCLUSIONES 1. La supervisión de la legalidad se erige como un pilar insoslayable dentro de aquella estructura mediante la cual la administración de justicia ejecuta su mandato. Datos empíricos recientes permiten concluir que la ejecución sistemática de dicha supervisión reconfigura la apreciación de la imputabilidad en el contexto de lesiones causadas por negligencias. Se acredita, en consecuencia, que un acatamiento riguroso de la exigencia normativa propicia la calibración proporcional de la reacción punitiva, atinente al grado de culpabilidad efectivamente acreditado. 2. En virtud de ello, el ordenamiento exige no sólo una redacción normativa más minuciosa, sino también un imperativo de aplicación estricta y uniforme. Análisis recientes indican que, pese a la consagración de preceptos específicos, la práctica se despliega entre interpretaciones dispares y lagunas que eluden supuestos normativamente relevantes. De esta disociación se deriva un clima de indeterminación que no sólo afecta a los operadores jurídicos, sino también a la ciudadanía sujeta al orden punitivo, propiciando, a su vez, resoluciones que frecuentemente adolecen de una justificación interna coherente. 3. La sanción penal exige que la respuesta del Estado refleje una proporción ajustada entre la gravedad del injusto y la cuantía de la pena. La información actualmente disponible indica que un segmento de las respuestas punitivas transciende ese límite y que un examen ordinario de la legalidad podría introducir el margen necesario de revisión y adaptación. Tal intersección propendería a restaurar la moderación que el derecho ha de guardar, evitando así la condensación de tratativas excesivas y, a la vez, el eludir la respuesta que el orden estatal reclama, de tal modo que el principio de culpabilidad y la dignidad de la norma resulten, a la postre, igualmente satisfechas. 4. La imprudencia y la duración de antecedentes aparecen, cuando no se normativizan, como variables de un desplazamiento que introducen fatalismo en la decisión. Cuando la valoración de la culpa se centra en la desviación del patrón de cuidado o en la existencia de un horizonte de reincidencia, el resultado puede volverse distinto. La ausencia de criterios firmemente enunciados a nivel jurisprudencial, sin embargo, deja ese desplazamiento a la sofisticación de la apreciación, lo que puede truncar la reclamación de la igualdad en el tratamiento. 5. Los elementos de prueba penden, en su valoración, de un perfil normativo que, en algunos casos, no ha sido seguido. La insuficiencia en la evaluación puede propiciar la asignación equivocada de la responsabilidad y, por ende, la fabricación de resultados injustos. La modificación de garantías, a través de un esquema de auditoría probatoria, se dibuja a la vez como una urgencia y como la obligación de códigos reformados en facilitar la 40 reconfiguración de la culpabilidad, a fin de que la determinación de la verdad jurídica reposo sobre normas de coincidencia. 6. La formación continua de jueces y fiscales es prioritaria. La investigación identifica que las deficiencias sistemáticas en la administración de justicia derivan, en numerosos casos, de una insuficiencia de formación especializada en las normas procesales pertinentes. Esta brecha conduce, con frecuencia, a pronunciamientos dispersos y a la pérdida de integración normativa, obstruyendo el principio de predictibilidad en las decisiones. 7. Urge la estandarización de directrices interpretativas. La indagación revela que la carencia de parámetros normativos precisos origina divergencias irreconciliables entre despachos que conocen litigios de estructura fáctica análoga. La adopción de lineamientos normativos explícitos consolidaría la seguridad jurídica, facilitando la pluralidad de situaciones análogas y favoreciendo la igualdad dentro del marco de la ley. Los hallazgos del estudio confirman que el establecimiento de un control jurisdiccional riguroso optimiza la aplicación de las normativas penales al enjuiciar las lesiones producidas por conductas negligentes. Esta modalidad, al acortar los plazos procesales en las circunstancias penales, redunda en beneficio de la víctima, que ve resguardada de modo efectivo su esfera de derechos, y de la colectividad, que observa un fortalecimiento del acatamiento normativo por parte de los operadores del derecho. De ahí que la eficiencia procesal se configura no como una expectativa, sino como un rédito contrastado por la práctica. La investigación sostiene que la perfección del vasto entramado normativo que controla la circulación no se limita a redistribuir, dentro del ámbito del tráfico, la responsabilidad de manera más equitativa, sino que, a su vez, actúa como factor de legitimación de la autoridad judicial, en la fecha actual más que en cualquier otro momento. La mutación positiva radica en la actualización continua de los preceptos, cuya aplicación se lleva a cabo de manera explícita y sometida a revisión, de modo que magistrados, fiscales y letrados dispongan de pautas generalizadas y legitimadas a la luz de la jurisprudencia. Por consiguiente, se articula la propuesta de avanzar en los modelos procesales que, ante los retos que se perfilan en el horizonte, el aparato judicial no puede ya eludir, asegurando así la integridad del procedimiento y la igualdad de quienes litigan dentro de un marco constitucional. 41 VI. RECOMENDACIONES 1. Para fortalecer la legitimidad del control legal en los procesos penales, es imperativo que jueces y fiscales apliquen el marco del Código Procesal Penal (Decreto Legislativo N.° 957) sin distracciones, de modo que sus decisiones se basen en principios normativos perfectamente definidos. Se debe hacer especial énfasis en los lineamientos del Artículo 139 de la Constitución Política del Perú, que establece el debido proceso y la seguridad